RIESGOS DE DESASTRES EN LOS POT MUNICIPAL Y LOS PROYECTOS REGIONALES
RIESGOS DE
DESASTRES EN LOS POT MUNICIPAL Y
LOS PROYECTOS
REGIONALES
Con respecto a la integración de la
gestión del riesgo de desastres en los POT y los proyectos regionales, vale la
pena decir, que es fundamental dicha articulación en la Ley 1523 de 2012, en su
artículo 39, nos habla de la integración de la gestión del riesgo en la
planificación territorial y del desarrollo.
Los planes de ordenamiento territorial, de manejo de cuencas
hidrográficas y de planificación del desarrollo en los diferentes niveles de
gobierno, deberán integrar el análisis del riesgo en el diagnóstico biofísico,
económico y socioambiental y, considerar el riesgo de desastres, como condicionante
para el uso y la ocupación del territorio, procurando de esta forma evitar la
configuración de nuevas condiciones de riesgo.
Así pues, desde la Constitución Política
de Colombia, que nos habla en los Principios: Desarrollo Seguro y Sostenible,
en el artículo 10 de la Ley 388/1997, acerca de, las razones para integrar la
Gestión del Riesgo de Desastres y el Ordenamiento Territorial, porque nos
permite el desarrollo, ocupación y construcción segura en el territorio para
mitigar el riesgo presente a partir de la regulación, para salvaguardar la vida
de las comunidades en riesgo.
Así mismo, en la etapa de formulación
del POT, se presentan seis acciones de integración, que desde el proceso de
reducción del riesgo se deberían llevar a cabo, y es necesario mencionar: -Definir
áreas objeto de estudios de detalles. –Incorporar el concepto de desarrollo
seguro del territorio. – Ajustar el modelo de ordenamiento territorial del POT.
– Clasificar el tipo de suelo según los fenómenos amenazantes identificados.
–Reglamentar los usos del suelo. –Establecer medidas de regulación urbanística. Estas acciones se constituyen en la principal
actuación que un Municipio o Distrito debe adelantar para reducir el riesgo de
desastre.
Considerando
que el ordenamiento territorial es una función pública para la acción
administrativa y la planificación, la gestión del riesgo de desastres naturales
se convierte en unas de las líneas de acción fundamentales para continuar con
el desarrollo territorial, mediante la utilización, transformación y ocupación
del espacio. Por esta razón, la ley 388 determina que uno de los objetivos del
ordenamiento territorial a nivel municipal es la gestión del riesgo de
desastres y, por lo tanto, es necesario el establecimiento de los mecanismos
que permitan al Municipio, en ejercicio de su autonomía, promover el
ordenamiento de su territorio, el uso equitativo y racional del suelo, la
defensa del patrimonio ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial
y la prevención de desastres en asentamiento de alto riesgo.
El
Riesgo de Desastres es determinante del Ordenamiento del Territorio y es la norma
de superior jerarquía, es determinante para la definición de políticas,
directrices y regulaciones, para el señalamiento y localización de áreas de
riesgo, la definición de zonas no urbanizables con riesgos, y la determinación
de las áreas con condición de amenaza o con condición de riesgo.
CONCLUSIONES
El ordenamiento territorial es una de las estrategias
más valiosas para orientar el desarrollo hacia metas de sostenibilidad y
seguridad, ya que permite establecer un referente físico espacial que sustenta
las acciones para el desarrollo social, económico y político de un país, región
o localidad. Los planes territoriales, sectoriales y de desarrollo son los
instrumentos que permiten la materialización parcial de las políticas del
gobierno a través de estrategias, programas y proyectos, por lo tanto, se
constituyen en uno de los mecanismos principales para orientar las acciones de
las autoridades, administradores públicos y del sector privado.
Para finalizar, la gestión del riesgo que se orienta
desde el PNGRD tiene en cuenta la furia de los fenómenos hidroclimáticos y sus
vínculos en una escala territorial y sectorial, incidiendo en la reducción de
la vulnerabilidad a través de medidas mitigación y de adaptación que en la
práctica son las mismas que se han promovido en los esquemas y procesos de
intervención en el marco de la planificación del desarrollo y de la
sostenibilidad ambiental. Un suelo seguro es la
mejor alternativa para la ocupación y/o desarrollo del territorio.
Con el ordenamiento adecuado del
territorio se evita la generación de nuevas condiciones de riesgo al controlar
la exposición de nuevos elementos en áreas con condición de amenaza.
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