RIESGOS DE DESASTRES EN LOS POT MUNICIPAL Y LOS PROYECTOS REGIONALES



RIESGOS DE DESASTRES EN LOS POT MUNICIPAL Y
LOS PROYECTOS REGIONALES

Con respecto a la integración de la gestión del riesgo de desastres en los POT y los proyectos regionales, vale la pena decir, que es fundamental dicha articulación en la Ley 1523 de 2012, en su artículo 39, nos habla de la integración de la gestión del riesgo en la planificación territorial y del desarrollo.  Los planes de ordenamiento territorial, de manejo de cuencas hidrográficas y de planificación del desarrollo en los diferentes niveles de gobierno, deberán integrar el análisis del riesgo en el diagnóstico biofísico, económico y socioambiental y, considerar el riesgo de desastres, como condicionante para el uso y la ocupación del territorio, procurando de esta forma evitar la configuración de nuevas condiciones de riesgo.

Así pues, desde la Constitución Política de Colombia, que nos habla en los Principios: Desarrollo Seguro y Sostenible, en el artículo 10 de la Ley 388/1997, acerca de, las razones para integrar la Gestión del Riesgo de Desastres y el Ordenamiento Territorial, porque nos permite el desarrollo, ocupación y construcción segura en el territorio para mitigar el riesgo presente a partir de la regulación, para salvaguardar la vida de las comunidades en riesgo.

Así mismo, en la etapa de formulación del POT, se presentan seis acciones de integración, que desde el proceso de reducción del riesgo se deberían llevar a cabo, y es necesario mencionar: -Definir áreas objeto de estudios de detalles. –Incorporar el concepto de desarrollo seguro del territorio. – Ajustar el modelo de ordenamiento territorial del POT. – Clasificar el tipo de suelo según los fenómenos amenazantes identificados. –Reglamentar los usos del suelo. –Establecer medidas de regulación urbanística.  Estas acciones se constituyen en la principal actuación que un Municipio o Distrito debe adelantar para reducir el riesgo de desastre.

Considerando que el ordenamiento territorial es una función pública para la acción administrativa y la planificación, la gestión del riesgo de desastres naturales se convierte en unas de las líneas de acción fundamentales para continuar con el desarrollo territorial, mediante la utilización, transformación y ocupación del espacio. Por esta razón, la ley 388 determina que uno de los objetivos del ordenamiento territorial a nivel municipal es la gestión del riesgo de desastres y, por lo tanto, es necesario el establecimiento de los mecanismos que permitan al Municipio, en ejercicio de su autonomía, promover el ordenamiento de su territorio, el uso equitativo y racional del suelo, la defensa del patrimonio ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial y la prevención de desastres en asentamiento de alto riesgo.

El Riesgo de Desastres es determinante del Ordenamiento del Territorio y es la norma de superior jerarquía, es determinante para la definición de políticas, directrices y regulaciones, para el señalamiento y localización de áreas de riesgo, la definición de zonas no urbanizables con riesgos, y la determinación de las áreas con condición de amenaza o con condición de riesgo.

 CONCLUSIONES

El ordenamiento territorial es una de las estrategias más valiosas para orientar el desarrollo hacia metas de sostenibilidad y seguridad, ya que permite establecer un referente físico espacial que sustenta las acciones para el desarrollo social, económico y político de un país, región o localidad. Los planes territoriales, sectoriales y de desarrollo son los instrumentos que permiten la materialización parcial de las políticas del gobierno a través de estrategias, programas y proyectos, por lo tanto, se constituyen en uno de los mecanismos principales para orientar las acciones de las autoridades, administradores públicos y del sector privado.

Para finalizar, la gestión del riesgo que se orienta desde el PNGRD tiene en cuenta la furia de los fenómenos hidroclimáticos y sus vínculos en una escala territorial y sectorial, incidiendo en la reducción de la vulnerabilidad a través de medidas mitigación y de adaptación que en la práctica son las mismas que se han promovido en los esquemas y procesos de intervención en el marco de la planificación del desarrollo y de la sostenibilidad ambiental. Un suelo seguro es la mejor alternativa para la ocupación y/o desarrollo del territorio.

Con el ordenamiento adecuado del territorio se evita la generación de nuevas condiciones de riesgo al controlar la exposición de nuevos elementos en áreas con condición de amenaza.

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